A partir del 2 de julio, los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar a Perú deberán presentar un pasaporte ordinario vigente y una visa peruana, según una nueva resolución de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
La Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada recientemente en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece que estos documentos serán obligatorios para el control migratorio en el territorio nacional. Esta normativa reemplaza la Resolución Nº 000177-2019-MIGRACIONES del 12 de junio de 2019 y detalla los requisitos específicos para diferentes calidades migratorias.
Para obtener la calidad migratoria temporal o la calidad migratoria residente, los ciudadanos venezolanos deberán presentar un pasaporte ordinario vigente y la visa correspondiente, emitida por una oficina consular peruana. Adicionalmente, para la calidad migratoria residente, se requerirá una visa humanitaria vigente.
La resolución también contempla una excepción por única vez, permitiendo que los ciudadanos venezolanos con pasaportes vencidos presenten solicitudes de cambio de calidad migratoria, siempre y cuando su último ingreso al país haya sido antes del 2 de julio de 2024 y se encuentren actualmente en territorio peruano. Estas solicitudes deberán cumplir con todos los demás requisitos y condiciones pertinentes.
Asimismo, la norma establece que las Direcciones de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, y de Registro y Control Migratorio, emitirán las disposiciones complementarias necesarias dentro del ámbito de sus competencias.