El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad (105 votos a favor) un dictamen que modifica el artículo 200 del Código Penal, con el fin de incluir los préstamos «gota a gota» dentro de los delitos de extorsión. La propuesta fue exonerada de una segunda votación, y ahora espera su promulgación.
Según el dictamen aprobado, el objetivo de esta reforma es fortalecer la penalización de los créditos extorsivos en el país, especialmente aquellos que se llevan a cabo a través de prácticas abusivas y violentas, como los préstamos «gota a gota». Este tipo de créditos, que suelen ofrecerse bajo amenazas o violencia física y psicológica, se caracterizan por tasas de interés extremadamente altas y condiciones de pago intimidatorias.
La nueva redacción del artículo 200 establece que «quien mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier índole será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años». Este tipo de delito incluye tanto las formas tradicionales de extorsión como las modalidades digitales, como los préstamos informáticos extorsivos, que utilizan plataformas digitales para poner en peligro a las víctimas.
Además, la reforma contempla un agravante para los casos en los que se emplee violencia o amenaza extrema en la realización de estos préstamos. En esos casos, la pena podría ascender a un mínimo de quince y hasta un máximo de veinticinco años de prisión.
Con esta medida, las autoridades buscan dar una respuesta más contundente a las crecientes denuncias de extorsión vinculadas a los préstamos informales y, en particular, a las prácticas del «gota a gota», que afectan a miles de ciudadanos en diversas regiones del país. La iniciativa fue bien recibida por diversas organizaciones sociales, que han señalado que la inclusión de este delito en el Código Penal contribuirá a frenar la impunidad en torno a este tipo de abusos.