El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha realizado modificaciones en la normativa de tránsito, específicamente en relación con la presentación del brevete electrónico durante intervenciones policiales. Según el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, la infracción G58, que sanciona por no mostrar la licencia de conducir ante la autoridad, no aplicará en el caso de no poder presentar la versión electrónica del brevete debido a problemas técnicos, como la falta de batería o la ausencia del teléfono celular.
Es importante destacar que, a pesar de este cambio, es obligatorio mostrar el Documento Nacional de Identidad (DNI), ya que las autoridades pueden verificar la validez del brevete electrónico en tiempo real a través de una consulta al Sistema Nacional de Conductores. Aquellos conductores que no presenten la versión física de la licencia de conducir cuando es requerida podrán ser sancionados con la infracción G58, que conlleva una multa de S/ 396, la retención del vehículo y el registro de 20 puntos en contra en el récord del conductor.
Se recuerda a los conductores interesados en obtener la versión digital del brevete que el proceso es completamente en línea, evitando colas y trámites presenciales.