El juez especializado penal Renato Vargas Ysla advirtió que los progenitores que agredan físicamente a un menor de edad, causándole lesiones graves, podrían ser condenados hasta con 12 años de prisión efectiva. Esta consideración se basa en el artículo 121 “b”, inciso 3, del Código Penal, donde se establece como una circunstancia agravante si los padres son los agresores.
En casos donde el menor sufra lesiones leves, la ley estipula que el agresor podría ser condenado a una pena no menor de 1 ni mayor de 3 años. Para determinar el tipo de lesión, el menor debe ser evaluado por un médico legista, quien decidirá si estas son consideradas leves o graves. Si las lesiones causan una incapacidad médico legal de más de 20 días, se consideran graves.
El juez también puede disponer la inhabilitación temporal del progenitor agresor, impidiéndole tener contacto o acercamiento con el hijo lesionado. Esta inhabilitación puede tener una duración no menor de seis meses ni mayor de diez años, según lo determine el juez en cada caso.