Con un amplio respaldo de 101 votos a favor, el Congreso de la República ha aprobado un dictamen que recae en ocho proyectos de ley, con el objetivo de ampliar las medidas de protección laboral para madres y padres trabajadores en el sector público y privado.
El documento, que acumula los proyectos de ley 1330, 1934 y otros afines, busca salvaguardar los derechos laborales de los progenitores, garantizando su estabilidad en el empleo en situaciones específicas.
Entre las disposiciones más destacadas, se establece que el padre no podrá ser despedido de su centro de trabajo cuando la madre se encuentre desempleada, proponiendo incluso la reposición del empleo en caso de despido injustificado en estas circunstancias.
Además, se contempla la protección contra la no renovación de contrato o actos de hostilidad durante el periodo de gestación y hasta el primer año de lactancia, aunque se mantiene la posibilidad de despido por causa justa, siempre y cuando el empleador pueda demostrar su existencia y que este ocurrió a pesar de las condiciones especiales.
La normativa también incluye protección contra el hostigamiento laboral y cualquier acto que busque forzar la renuncia de la trabajadora o trabajador.
Por otro lado, las mujeres gestantes o en periodo de lactancia tienen el derecho de solicitar al empleador el cambio de modalidad de trabajo, de presencial a teletrabajo, si así lo requieren.
En cuanto a la licencia por paternidad, se establece un período de 15 días calendario consecutivos en los casos de parto natural o por cesárea. Durante los primeros diez días, el empleador o cooperativa seguirá obligado al pago de la remuneración, mientras que los cinco días siguientes serán subsidiados por el Seguro Social de Salud (EsSalud).
El dictamen aprobado ahora espera la promulgación u observación por parte del Poder Ejecutivo, representando un paso significativo en la protección de los derechos laborales de los padres y madres trabajadores en el Perú.