EsSalud ha anunciado que ofrece la posibilidad de asegurar a la cónyuge o conviviente de un afiliado titular, independientemente de si están legalmente casados. Esta medida tiene como objetivo ampliar el acceso a la seguridad social en el país, brindando igualdad de oportunidades a diferentes tipos de uniones afectivas, ya sean matrimoniales o de hecho.
Para los casos de cónyuges, se requiere la presentación de ciertos documentos. Los afiliados deberán presentar el DNI (original y copia) tanto del titular como del cónyuge, junto con la partida de matrimonio civil, que puede ser original o copia legalizada. Este proceso asegura que las parejas casadas también puedan disfrutar de los beneficios de EsSalud sin complicaciones adicionales.
Por otro lado, para aquellos que se encuentran en una convivencia no matrimonial, los requisitos son un poco más extensos. Además de presentar el DNI (original y copia) del titular y del conviviente, es necesario presentar una declaración jurada de unión de hecho notariada. Esta declaración debe certificar que la relación ha sido estable durante un mínimo de dos años. Alternativamente, se puede presentar la partida de inscripción en el Registro Personal de Uniones de Hecho. Cabe destacar que EsSalud verificará la vigencia de la relación presentada antes de proceder con la afiliación.
El trámite puede realizarse de dos maneras: de forma presencial en las oficinas de EsSalud o de manera virtual a través de la plataforma ‘Mi EsSalud’, donde es posible subir los documentos escaneados. Esta opción virtual permite mayor comodidad y acceso a la información, facilitando el proceso para los beneficiarios.
Es importante mencionar que, para los convivientes, la declaración jurada deberá ser renovada cada dos años. De no realizarse esta renovación, la cobertura se suspenderá, lo que subraya la importancia de mantener actualizados todos los documentos necesarios para el acceso a los servicios de salud.
Una vez que la pareja esté afiliada, accederá a todas las prestaciones médicas y coberturas de EsSalud, disfrutando de los mismos derechos que el titular y otros derechohabientes, lo que representa un avance significativo en la protección social de diversas estructuras familiares en Perú.
Fuente: https://larepublica.pe/economia/2025/08/19/essalud-si-puede-asegurar-a-la-conyuge-o-conviviente-de-un-afiliado-titular-en-peru-solo-deben-cumplir-estos-requisitos-para-acceder-en-2025-atmp-1375847