Con 88 votos a favor y 6 en contra, el Pleno del Congreso de la República aprobó este [día] el dictamen que autoriza a los serenos municipales el uso de armas de electrochoque como herramienta de defensa en la lucha contra la inseguridad ciudadana. La propuesta, que modifica la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal (Ley 31297), fue exonerada de una segunda votación, lo que permitirá su envío inmediato al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
¿Qué cambia con la nueva norma?
El dictamen, impulsado por los proyectos de ley 7874 y 10075, introduce una modificación en el artículo 20 de la Ley 31297 para incluir las pistolas eléctricas dentro del arsenal de herramientas no letales que los serenos podrán emplear en sus labores de vigilancia.
La congresista Adriana Tudela, presidenta de la Comisión de Defensa, explicó que esta iniciativa surge ante el «desborde de la delincuencia» y la falta de recursos adecuados para que los serenos enfrenten situaciones de riesgo.
«Estos dispositivos emiten una descarga eléctrica que inmoviliza temporalmente a una persona, permitiendo su neutralización sin recurrir a la fuerza letal», detalló Tudela. Además, recalcó que, al estar clasificadas como armas no letales, no requieren licencia de porte, por lo que consideró «un absurdo» que los serenos —quienes están en la primera línea contra la criminalidad— no pudieran usarlas.
Próximos pasos
Tras su aprobación en el Congreso, el dictamen pasará a manos del Ejecutivo, que tendrá la potestad de promulgarlo u observarlo. De convertirse en ley, los gobiernos locales podrán equipar a sus cuerpos de serenazgo con estas herramientas, en un intento por reforzar la seguridad en las calles ante el incremento de robos y ataques a ciudadanos.