El Comité de la Industria de Vidrio, Cerámica, Refractarios y Afines a la Construcción de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) expresó su disconformidad con la reciente decisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) de impedirle participar como tercero en el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) contra la empresa Tengda (Perú), acusada de levantar una planta industrial en una zona agrícola de Ica sin contar con los permisos requeridos.
A través de la Resolución Directoral N.º 00292-2025-OEFA/DFAI, el OEFA desestimó la intervención del comité alegando que solo tendría un “interés simple” en el caso. Sin embargo, esta negativa no ha sido acompañada de fundamentos legales sólidos que respalden su decisión, lo que ha generado preocupación en el gremio industrial.
La SNI presentó una apelación formal que también fue rechazada. No obstante, el vocal Rafael Ramírez Arroyo emitió un voto discordante en el que reconoció que el gremio sí cuenta con un interés legítimo, de acuerdo con sus estatutos institucionales.
Desde la SNI se sostiene que su intención de participar en el procedimiento responde tanto a la defensa de sus fines institucionales —promover la legalidad, la sostenibilidad y el respeto al ordenamiento territorial— como a su capacidad técnica para contribuir con conocimientos especializados que puedan fortalecer el análisis del caso por parte de la autoridad fiscalizadora.
Graves impactos ambientales
La construcción irregular de la planta de cerámicos y porcelanato en una zona agrícola ha ocasionado severas alteraciones al ecosistema local. Entre los daños más relevantes se encuentran:
- Degradación del suelo agrícola, pérdida de permeabilidad y afectación a los acuíferos.
- Contaminación del suelo por el uso de aceites, asfaltos y combustibles.
- Alteración del drenaje natural y uso indebido del recurso hídrico, lo cual ya motivó una sanción de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
- Afectación del aire y del entorno acústico, debido a la emisión de partículas, gases contaminantes y ruido por maquinaria pesada.
- Pérdida de hábitats y reducción de tierras cultivables, con consecuencias para la fauna local y la sostenibilidad agrícola.
Frente a esta situación, el Comité de la SNI reitera que la OEFA, como ente fiscalizador ambiental, no puede subestimar el rol de terceros técnicamente calificados y con fines legítimos como el gremio industrial, cuya participación podría enriquecer el proceso sancionador y contribuir a que casos como este no vuelvan a repetirse.