El Congreso ha declarado improcedente la solicitud de pensión vitalicia presentada por la exmandataria Dina Boluarte, como repercusión de su ascenso al cargo por sucesión y su posterior vacancia. Según un informe del Área de Asesoría Laboral del Parlamento, Boluarte no cumple con los criterios establecidos en la Ley 26519 para acceder a este beneficio, el cual está reservado para quienes han ejercido el cargo durante un periodo completo y por mandato popular.
El informe subraya que la pensión es un reconocimiento a aquellos expresidentes que han desempeñado su rol íntegramente y que, en este caso, Boluarte fue destituida por incapacidad moral permanente. Además, se destaca que el monto de la pensión sería equivalente al salario de un parlamentario, que asciende a S/15,600.
En un desarrollo adicional, la Primera Sala en lo Constitucional de Lima ha admitido a trámite la demanda presentada por Boluarte para anular su vacancia, citando posibles vulneraciones a derechos constitucionales por parte del Congreso en el proceso que culminó con su destitución. La audiencia para este caso está programada para el 12 de marzo del 2026, donde se podría dictar una sentencia en primera instancia. Este contexto plantea un nuevo capítulo en la relación entre la expresidenta y el Legislativo peruano.
Fuente: Exitosanoticias.pe









